Urgencia Laboral • Plazo Improrrogable de 15 Días

¿Te Notificaron una Destitución o Sanción en el Estado?

Si eres servidor público bajo los regímenes CAS (D.L. 1057), 276, 728 o Ley 30057 y tu entidad te impuso una suspensión, destitución o inhabilitación injusta: Tienes 15 días hábiles para apelar y anular la resolución ante el Tribunal de SERVIR.

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Defensa ante Tribunal de SERVIR - Dr. Alfonzo Paz Soldán
Dr. Alfonzo Paz Soldán Especialista en Derecho Administrativo Disciplinario 🎓 Facultad de Derecho UPC • Litigios en SERVIR
⚠️ Advertencia Legal de Plazos

El plazo fatal para apelar ante el Tribunal de SERVIR vence en 15 días hábiles

Conforme al Decreto Legislativo N° 1023 y el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, el recurso de apelación debe interponerse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la resolución de sanción. Si dejas pasar el plazo, la sanción quedará consentida e inimpugnable en vía administrativa, perdiendo tu puesto de trabajo e historial laboral.

Cómo Anulamos Sanciones Disciplinarias en 3 Etapas

1

Auditoría del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD)

El 70% de las sanciones emitidas por ministerios, gobiernos regionales, municipalidades y entidades públicas adolecen de vicios de nulidad: prescripción de la potestad sancionadora, vulneración del principio de tipicidad o falta de competencia del órgano instructor. Identificamos el punto ciego de la entidad.

2

Redacción del Recurso de Apelación con Jurisprudencia Vinculante

Elaboramos el recurso fundamentando cada agravio con los precedentes de observancia obligatoria emitidos por las Salas del Tribunal de SERVIR y casaciones de la Corte Suprema, solicitando la revocación o nulidad del acto administrativo.

3

Informe Oral ante los Vocales y Restitución de Derechos

El Dr. Alfonzo Paz Soldán sustenta oralmente la defensa jurídica en la audiencia pública ante los vocales de la Sala del Tribunal. Lograda la resolución favorable, exigimos la reincorporación al puesto y el pago íntegro de remuneraciones devengadas.

¿Tienes tu Resolución Sancionadora a la Mano?

Envíanos una copia o foto de la notificación por WhatsApp. El Dr. Alfonzo Paz Soldán revisará de inmediato los plazos y la viabilidad técnica de la apelación antes de que venza el término de ley.

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⚖️ Marco Constitucional y Deontológico: El ejercicio del derecho a la impugnación de actos administrativos se fundamenta en el artículo 139 inciso 14 de la Constitución Política del Perú (derecho de defensa irrenunciable) y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General. Paz Soldán Abogados actúa con estricta sujeción al secreto profesional y al Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú.